2.2.3 Organismos, Entidades y Laboratorios de Control de Calidad de la Edificación
Son entidades de control de calidad de la edificación aquéllas capacitadas para prestar asistencia técnica en la verificación de la calidad del proyecto, de los materiales y de la ejecución de la obra y sus instalaciones de acuerdo con el proyecto y la normativa aplicable.
Son obligaciones de las entidades y de los laboratorios de control de calidad:
a. Prestar asistencia técnica y entregar los resultados de su actividad al agente autor del encargo;
b. Justificar la capacidad suficiente de medios materiales y humanos necesarios para realizar adecuadamente los trabajos contratados, en su caso, a través de la correspondiente acreditación oficial otorgada por el Sistema Nacional de Normas, Calidad y Certificación o Autoridad local;