2.1.12 Obra Paralizada
Cuando en una obra, la Autoridad de aplicación constate que no se han efectuado trabajos constructivos o de instalación por el lapso de 180días corridos, se la considerará paralizada.
La paralización de una obra no implica la suspensión del plazo del permiso otorgado.
En caso de que la paralización o suspensión de la obra se produzca por motivo de un amparo o medida judicial, los plazos para el vencimiento de permisos se considerarán suspendidos.